Artículo 70

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente

XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;

Fecha de Actualización: 11/04/2024

Directorio Primero Trimestre 2024